Resolución 393 de 2017 (Por la cual se define el proceso de consulta, conformación de terna y el cronograma para la presentación de candidatos al cargo de Decano en las diferentes Facultades de la Universidad del Cauca ante el Consejo Superior).

Resoluciones

Mar, 04/25/2017 - 08:00

Resolución 393 de 2017 (Por la cual se define el proceso de consulta, conformación de terna y el cronograma para la presentación de candidatos al cargo de Decano en las diferentes Facultades de la Universidad del Cauca ante el Consejo Superior).


 

Número del documento: R-393

Emitido por: Rectoría

Dirigido a: Comunidad universitaria


Por la cual se define el proceso de consulta, conformación de terna y el cronograma para la presentación de candidatos al cargo de Decano en las diferentes Facultades de la Universidad del Cauca ante el Consejo Superior.
 
El Rector Delegatario de la Universidad del Cauca, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, particularmente las conferidas por el artículo 23, numeral 7° del Acuerdo número 0105 de 1993, expedido por el honorable Consejo Superior Universitario, en cumplimiento de la resolución R-371 del 25 de abril de 2017, y
 
 

Considerando

 
Se hace necesario convocar a la designación de los Decanos de las diferentes Facultades de la Universidad del Cauca.
 
Por competencia del artículo 23  numeral 7° del Acuerdo 0105 de 1993, se definirá el proceso de consulta, la conformación de ternas y el cronograma para la presentación de las ternas de candidatos a Decano de las diferentes Facultades de la Universidad del Cauca  por parte de la Rectoría al Consejo Superior, para la designación correspondiente.
 
La Dirección Universitaria, exhorta a los diferentes Consejos de Facultad de la Universidad del Cauca a configurar una terna de aspirantes a Decano en sus respectivas unidades académicas.
             

Resuelve

 

Artículo Primero: estructurar el proceso de consulta, conformación de terna y el cronograma para la presentación de los aspirantes a Decano de las diferentes Facultades de la Universidad del Cauca en los siguientes términos:

 

1. Difusión del Proceso: la Rectoría utilizará diversos medios para hacer conocer el proceso de consulta, la conformación de terna y el cronograma para la presentación de los aspirantes a Decano en las diferentes Facultades de la Universidad del Cauca.

 

2. Inscripción de Candidatos: mediante comunicación escrita y personal, el docente que cumpla con los requisitos previstos en el artículo 2° de la presente resolución y aspire a ocupar el cargo de Decano de Facultad, deberá inscribir su nombre como candidato ante la Secretaría General de la Universidad, coadyuvada con la firma del 10% de profesores o de estudiantes de la Facultad.  Para tal efecto, la Oficina de Planeación y de Desarrollo Institucional, certificará el número de profesores de planta, ocasionales y catedráticos de cada unidad académica y el número de estudiantes de pregrado y posgrado matriculados al momento de expedición de la presente resolución.

El candidato en su solicitud deberá manifestar que no está incurso en ninguna de las inhabilidades previstas en la Ley para el desempeño del cargo.

 Cada candidato deberá anexar su propuesta de trabajo concordante con el Proyecto Educativo Institucional – PEI y los propósitos de trabajo para el ejercicio rectoral, período 2017 – 2022.

Finalizado el proceso de inscripción ante la Secretaría General de la Universidad, el Comité de verificación, revisará y certificará el cumplimiento de los requisitos de los candidatos y remitirá los nombres de éstos a los respectivos Consejos de Facultad.

 

3.Difusión de Propuestas: los aspirantes a Decano expondrán públicamente sus propuestas ante los profesores y estudiantes de su Facultad, en las fechas, horas y con la metodología acordada por la Secretaría General de cada Facultad.

 

4.Consulta:estas se realizarán el día 25 de mayo de 2017, en cada una de las Facultades y sedes de regionalización de la Universidad.

 

5. Votación:la votación se ponderará de la siguiente manera: Profesores 50% y Estudiantes 50% sobre el total de votantes.  Para tal efecto, se aplicará la siguiente fórmula:

 

Parágrafo: las Secretarías Generales de cada Facultad y el Director del Centro de Regionalización con el apoyo de los Coordinadores de Regionalización de las sedes de la Universidad, serán los responsables de desarrollar el proceso de consulta.

Comisión de verificación de requisitos: se conformará por la Secretaría General de la Universidad, la Jefe de la Oficina Jurídica y la jefe de la Oficina de Control Interno.

Configuración de Ternas: una vez obtenidos los resultados de la consulta, los Consejos de cada Facultad en sesión extraordinaria, realizarán la ponderación de los mismos y levantarán un acta, indicando los nombres y cifras obtenidas por los candidatos que obtuvieron los tres primeros puestos de mayor a menor.

Los Consejos de Facultad remitirán al Rector con oficio la terna de candidatos y soportes del proceso de conformación con los resultados, para su presentación ante el Consejo Superior. En caso de empate el orden de presentación de la terna se hará atendiendo el orden alfabético de los apellidos.

Si se presentan menos de tres candidatos al proceso de consulta, es de responsabilidad y potestad de los Consejos de Facultad completarla bajo los criterios establecidos por sus consejeros.

Designación de Decanos:el Consejo Superior designará a los Decanos de las ternas de candidatos presentadas por el Rector.

 

Artículo Segundo: son requisitos para ser Decano de Facultad de conformidad con el artículo 42 del Acuerdo número 0105 de 1993, los siguientes:

 1.    Ser ciudadano colombiano en ejercicio o extranjero con residencia legalizada y

autorizada para trabajar en Colombia.

 2.    Tener título universitario. Los títulos obtenidos en el extranjero deben estar debidamente convalidados por las autoridades colombianas competentes.

 3.     Haber ejercido la docencia universitaria de tiempo completo o su equivalente, por espacio mínimo de cinco (5) años.

 4.    Estar vinculado como docente escalafonado, de tiempo completo y adscrito a cualquiera de los departamentos de la respectiva Facultad.

 5.    No haber sido sancionado penalmente o con suspensión en el ejercicio del cargo por sanción disciplinaria, durante los cinco (5) años anteriores a la designación.

6.    La División de Recursos Humanos certificará la acreditación de las calidades establecidas en este artículo.

 

Artículo Tercero: establecer el siguiente cronograma para el proceso de consulta, conformación de terna a aspirante a Decano de Universidad.
 

  • Lugar y fecha de inscripción de candidatos: 8 de mayo de 2017 hasta las 4:00 p.m., en la Secretaría General de la Universidad del Cauca.

  • Remisión de nombres de candidatos inscritos a los Consejos de Facultad: la Secretaría General remitirá los nombres de los candidatos inscritos el 10 de mayo, una vez revisado el cumplimiento de los requisitos por parte de la Comisión de verificación.

  • Socialización de propuestas por parte de los candidatos: será realizada entre el 11 y 18 de mayo del 2017 en cada Facultad y sede de regionalización.

  • Fecha de Consulta: esta se realizará el día 25 de mayo de 2017 en cada Facultad y Sede de regionalización. Para las facultades con programas diurnos se realizará en el horario comprendido entre las 8: 00 am y 5:00.pm.

 
En las Facultades con programas nocturnos las consultas se realizaran en horario de 8: 00 am a 8:00.pm.
 
Los resultados de la consulta serán enviados por la Secretaría General de Universidad a cada Consejo de Facultad.
 

  • Conformación de las Ternas: los Consejos de Facultad conformarán la terna el día 30 de mayo de 2017.

  • Designación de Decanos por el Consejo Superior: se realizará el 13 de junio de 2017 y tomarán posesión del cargo a partir del 1 de julio de 2017.

 
Artículo Cuarto: Encargara los Secretarios Generales de Facultad y al Director del Centro de Regionalización de designar los jurados de votación y les comunicarán por escrito de tal designación, así como informar a la Secretaría General de la Universidad sus nombres.
 
Artículo Quinto: Comuníquese la presente resolución a las facultades y difúndase a través de los diferentes medios institucionales de información y comunicación.
 

Publíquese y cúmplase.

 
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria a los veintisiete (27) días del mes de abril de 2017.
 
 
JOSE MANUEL TOBAR MESA
Rector Delegado  

 

 

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