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Mar, 06/21/2011

Establecimiento el seguro estudiantil

 

Por el cual se establece el seguro estudiantil para los estudiantes de los programas regulares de pregrado, posgrado y de extensión de la Universidad del Cauca.

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio del Acuerdo No. 0105 del 18 de diciembre de 1993 o Estatuto General y

 

CONSIDERANDO

 

La Universidad del Cauca ofrece programas regulares de pregrado y postgrado y de extensión que benefician tanto a niños como a jóvenes y a adultos.

 

La Institución con el ánimo de precaver cualquier eventualidad de accidente que pueda ocurrir a quienes se encuentren vinculados como alumnos de la Institución, requiere unificar la póliza de seguros AP para los estudiantes de pregrado, postgrado y de extensión.

 

En mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA

 

ARTÍCULO PRIMERO: Fijar hasta en un 3% de un (1) salario mínimo legal mensual vigente los derechos por concepto de seguro estudiantil de accidentes para los estudiantes de los programas de pregrado y posgrado de la Universidad del Cauca.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar hasta en un 1% de un (1) salario mínimo legal mensual vigente los derechos por concepto de seguro estudiantil de accidentes para los estudiantes de los programas de extensión de la Universidad del Cauca.

 

ARTÍCULO TERCERO: La Universidad contratará con una Compañía de seguros legalmente constituida y con autorización para operar en el territorio nacional, una póliza de seguro colectivo (AP) que cubra los eventuales accidentes estudiantiles que pudieran presentarse.

 

ARTÍCULO CUARTO: El valor de los derechos del seguro estudiantil de accidentes se incluirá en el valor de la boleta de matrícula.

 

ARTÍCULO QUINTO: El presente acuerdo rige a partir de su expedición y deroga las normas que el sean contrarias, expresamente el acuerdo 029 del 20 de junio de 2000 y 027 del 8 de mayo de 2006.

 

ARTÍCULO SEXTO: Enviar copia de la presente providencia a la Oficina de Planeación, División Financiera, División de Sistemas, División de Admisiones, Registro y Control Académico, Facultades.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Se expide en Popayán, a los veintiún (21) días del mes de junio de 2011

 

 

CARLOS EDUARDO CRUZ LÓPEZ

Presidente.

 

LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS

Secretaria General.

 

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